Autorizaciones para el transporte internacional de mercancías

El transporte internacional de mercancías es un ámbito que requiere de previas autorizaciones en función de la operación que vayamos a realizar y el destino que queramos dar a la mercancía objeto del envío.

Por lo tanto, haremos una clasificación de las mismas con el objetivo de conocer los tipos de transportes de carácter internacional que existen, dando una respuesta clara a cuáles son los que necesitan de autorizaciones de transporte a otros países y las razones de ello.

Autorizaciones de transporte Internacional: Tipos.

Transporte internacional liberalizado.

Son aquellos que pueden ser realizados por los correspondientes transportistas españoles sin que exista la necesidad de haber obtenido una autorización específica con anterioridad para permitir el citado transporte.

Esto quiere decir, que para realizar los envíos de las mercancías solo será necesaria la habilitación genérica provista en la normativa vigente. Dicha habilitación de carácter genérico vendrá condicionada, bien a la inscripción en la Subsección de Empresas de Transporte Internacional de Mercancías del Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Completementarias del Transporte (RETIM), o bien por la titularidad de la autorización administrativa que corresponda.

Autorizaciones para transporte internacional

Existen operaciones de transporte que no están sujetas a ningún tipo de permiso para su realización puesto que se encuentran fuera del régimen de la licencia comunitaria. En este sentido, para conseguir una visión clara y sencilla, exponemos a continuación una relación de los servicios que no requieren de autorización para realizar operaciones de transporte internacional:

  • Transporte postal.

    Aquellos que se realicen en un régimen de servicio universal.

  • Transporte de vehículos accidentados o averiados.
  • Transporte de mercancías cuyo PMA no supere las 3,5 toneladas.

    Hay que tener en cuenta que deben incluirse los remolques de los vehículos a la hora de realizar el cálculo del peso.

  • Transporte de medicamentos.

    Quedan exentos los transportes tanto de medicamentos como de aparatos y equipos médicos, y de otros artículos requeridos para prestar ayudas urgentes o catástrofes naturales.

  • Transporte de mercancías en régimen de servicio privado.

    El cual se realiza por medio de la utilización de vehículos de la empresa, con conductores asalariados de la misma y que no disponen de remuneración alguna por el transporte, así como para transportar mercancías que han sido fabricadas o adquiridas por la propia empresa.

Transporte internacional sujeto a autorización.

Por su parte, los transportes internacionales sujetos a autorización, como podemos imaginar, son aquellos que solo podrán ser realizados por transportistas españoles que con anterioridad a la operación hayan obtenido cierta/s autorización/es específica/s que los capacitan para su realización.

Esto es así según lo establecido tanto en los tratados o convenios internacionales que España tiene suscritos, como en las normas propias de las organizaciones internacionales a las que España pertenece como miembro.

Es importante tener en cuenta que los requisitos y las autorizaciones pueden variar en cada país y región y es necesario cumplir con las regulaciones y los trámites específicos de cada lugar donde se realice el transporte internacional de mercancía. Se recomienda consultar con las autoridades competentes y buscar asesoramiento profesional para obtener información actualizada y precisa sobre los requisitos y las autorizaciones específicas en cada caso.


Autorizaciones específicas: Multilaterales y Bilaterales.

En España, contamos con dos grandes grupos de autorizaciones de transporte internacional: las multilaterales y las bilaterales. Vamos a hacer un breve estudio sobre esta clasificación realizada en función de su origen.

  • Autorizaciones multilaterales.

    Son autorizaciones de organizaciones internacionales de las que España forma parte como miembro y en las que la distribución u otorgamiento le viene encomendado a la Administración española en virtud de las normas que proceden de la organización internacional de que se trate. Las citadas licencias habilitan para realizar transporte ya sea desde cualquiera de los Estados miembros de la organización como hacia alguno de los mismos, o se encuentre en tránsito a través de ellos.

    Las empresas que deseen obtener una autorización multilateral para el transporte de mercancías deben cumplir con ciertos requisitos, como tener un seguro de responsabilidad adecuado y cumplir con los estándares de seguridad y medioambientales establecidos. Esta autorización facilita y agiliza el transporte de mercancías entre los países miembros, reduciendo los costos y los tiempos de espera en las fronteras.

    En nuestro país existen dos tipos de autorizaciones multilaterales: Licencia Comunitaria y Autorizaciones de la Conferencia Europea de Ministros de Transportes (CEMT).

Licencia comunitaria.

La licencia comunitaria se dispone para aquellos transportes internacionales de mercancías por carretera que sean de servicio público para los trayectos que se realicen en el territorio tanto de los Estados miembros de la UE, como de Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein.

Las licencias comunitarias serán expedidas para cada Estado miembro a todos los transportistas que estén capacitados para realizar transportes internacionales de mercancías por carretera y que se encuentren establecidos en dicho Estado miembro. Cabe destacar que las copias de la licencia deben ir obligatoriamente en los vehículos para presentarse en el momento en que así lo requieran los agentes dedicados al control de las mercancías y documentos de transporte.

Además, este régimen permite que se efectue transporte de cabotaje siempre que se encuentre dentro de los límites establecidos en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) nº 1072/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009 (aplicable desde el 14 de mayo de 2010). Excepto en el caso de Suiza para el que no está permitido el transporte por cabotaje.

Cabe destacar que cada país debe entregar al titular de la licencia el original de la misma, que se encontrará bajo disposición del transportista, así como un número de copias igual al número de vehículos de transporte de los cuales disponga el titular de la citada licencia. Éstas tienen un plazo de validez de 5 años.

¿En qué países es válida la Licencia Comunitaria?

Esta licencia tendrá vigor en los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza.

  • Autorizaciones bilaterales.

    Son permisos o licencias extranjeras en las cuales la distribución le ha sido delegada a la Administración española a través del correspondiente convenio con el Estado extranjero del que se trate. Además, será la encargada de habilitar al transportista español a realizar transporte a dicho Estado y desde dicho Estado, o en tránsito a través de este último.

Éstas, a su vez, pueden dividirse en dos grupos: en función del periodo de validez (temporales, validez de 1 año, un solo viaje de ida y vuelta, etc.), y en función del tipo de servicio (zona larga, en tránsito, entrada en vacío, etc.).

Las autorizaciones bilaterales son más comunes en el transporte por carretera y pueden variar dependiendo de los países involucrados. Las empresas de transporte deben asegurarse de cumplir con todas las autorizaciones necesarias para llevar a cabo operaciones de transporte de mercancías internacional de manera legal y sin contratiempos en las fronteras.

Es importante destacar que los requisitos y regulaciones relacionadas con las autorizaciones de transporte internacional de mercancías y autorizaciones bilaterales pueden cambiar con el tiempo y variar según los países involucrados. Por lo tanto, es esencial que las empresas de transporte estén al tanto de las últimas regulaciones y obtengan asesoramiento adecuado para asegurar el cumplimiento normativo.


Autorizaciones CEMT.

Debemos tener en cuenta que además de las autorizaciones de transporte citadas con anterioridad, también existen las que cuentan con el contingente de la CEMT. Éstas son operaciones de carácter multilateral relativas al transporte internacional de mercancías por carretera y habilitan al que las posea a realizar transportes a través de los Estados miembros recogidos en la Conferencia Europea de Ministros de transporte.

Asimismo, la CEMT, es una organización intergubernamental fundada por los Estados de la UE miembros de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE). Esta organización cuenta actualmente con 44 Estados miembros, de los cuales 7 son asociados y 1 observador.

¿Qué países forman parte de la CEMT?

Albania, Alemania, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Federación Rusa, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Islandia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta, Moldavia, Montenegro, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, Reino Unido, Rumanía, Rusia, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania.

Servicios liberalizados para la CEMT.

Además, para la Conferencia Europea de Ministros de Transporte, también existen algunas operaciones que no necesitan apoyarse en autorizaciones de transporte para ser realizadas, entre las cuales se encuentran las siguientes:

  • Transportes de mercancías que cuenten con un Peso Máximo Autorizado (PMA) en carga, no supere las 6 toneladas o cuya carga útil autorizada no sobrepase las 3,5 toneladas. En ambos casos, hay que tener en cuenta el peso de los remolques de los vehículos a la hora de realizar los cálculos.
  • En caso de desvío de servicios, serán servicios liberalizados los transportes discrecionales de mercancías con origen o destino sean aeropuertos.
  • Los transportes de vehículos accidentados o averiados.
  • Los desplazamientos en vacío de un vehículos con el fin de sustituir a otro que ha sufrido una avería en el extranjero, así como el correspondiente retorno del vehículo averiado tras la reparación.
  • Los transportes de piezas de recambio y productos destinados al avituallamiento de barcos y aviones.
  • Los transportes de artículos médicos y medicinas en casos de urgencias, principalmente, en casos de catástrofes naturales y los transportes de ayuda humanitaria.
  • Los transportes de objetos y obras de arte destinadas a ferias y exposiciones o que no conformen fines comerciales.
  • Los desplazamientos sin ánimo de lucro de materiales, accesorios y animales que procedan o se dirijan rumbo a manifestaciones teatrales, musicales, deportivas, cinematográficas, circos, ferias, así como los destinados a tomas cinematográficos o de televisión.
  • Los transportes funerarios.
  • Los transportes de mercancías ejecutados por cuenta propia. Algunos países han emitido reserva a este punto, por lo que, no está liberalizado el transporte en: Austria, Bielorrusia, Bulgaria, Estonia, Rusia, Finlandia, Francia, Hungría, Italia, Lituania, Polonia, República Checa, Suecia y Turquía.
  • Las mudanzas que se realizan a través de empresas especializadas no se encuentran liberalizadas pero, no obstante, disponen de un régimen de autorizaciones de transporte no sometidas a contingente. Éstas son las llamadas ”mudanzas"CEMT".

Es importante tener en cuenta que la liberalización de los servicios de transporte por carretera puede variar en cada país y está sujeta a las regulaciones y políticas nacionales. La CEMT trabaja como un foro de cooperación y promoción de buenas prácticas entre los países miembros, pero las políticas y decisiones específicas sobre la liberalización del transporte por carretera se toman a nivel nacional.



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