CNMC se opone a prohibir contratar por debajo de costes

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha realizado un informe en el que expone su oposición al establecimiento de una prohibición legal en la contratación por debajo de los costes en cuanto al sector del transporte por carretera. Esta petición ha sido requerida por el Comité Nacional de Transporte por Carretera. La CNMC se ha posicionado definitivamente en contra de esta regulación legal para el transporte. De este modo se lo ha comunicado al Ministerio de Fomento, que previamente había realizado la consulta sobre este aspecto tras las numerosas demandas respcto al tema por parte del sector del transporte.

La CNMC se opone a prohibir contratar por debajo de los costes

La CNMC ha afirmado que “no existen en la actualidad servicios de transporte de mercancías bajo condiciones económicas abusivamente bajas”.

Asimismo, el pasado mes de Noviembre se planteó una Tabla reivindicativa por parte del Gobierno y del Comité Nacional de Transporte por Carretera. En esta tabla se incluían 12 medidas para el transporte de mercancías por carretera, las cuales fueron consideradas como “imprescindibles para el desarrollo y normal funcionamiento del sector del transporte de mercancías por carretera”.

Una de las citadas medidas tenía como objetivo el de establecer una prohibición por ley de la realización de servicios de transporte que tuviesen retribuciones demasiado bajas. Se consideran demasiado bajas las que no llegan al límite mínimo de transporte establecido en los Observatorios que publica el Ministerio de Fomento.

En este sentido, el citado Ministerio de Fomento se comprometió a llevar a cabo una consulta con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, consulta a la que la Comisión y la Competencia acaban de dar respuesta, que como ya era esperado por muchos, desemboca en un informe desfavorable en cuanto a la ejecución de una prohibición legal para las contrataciones que se realizan por debajo de los costes establecidos.

Este informe, emitido el pasado 14 de mayo recibe el nombre de “Informe sobre los costes relativos a la prestación de servicios de transporte de mercancías por carretera”, y fue notificado al Ministerio de Fomento el pasado 27 de mayo.

El Comité Nacional de Transportes ha declarado que “teniendo en cuenta su histórica posición ultra liberalizadora hacia el sector, sin atender a su dimensión microempresarial, con las consiguientes connotaciones sociales y de debilidad contractual que ello conlleva”.

De este modo, la CNMC se ha posicionado y ha afirmado que “la prohibición de prestar servicios de transporte por debajo de un determinado baremo de costes, constituye una restricción a la libertad de fijación de precios de los operadores económicos, que por tanto restringe la competencia del mercado”. Según la Comisión Nacional de la Competencia la supuesta prohibición podría conllevar a “un impacto notable en los precios de los bienes finales” y ha continuado señalando que “no existen razones imperiosas de interés general que justifiquen la intervención regulatoria”, debido a que no consideran que hoy en día existan servicios de transporte de mercancías que se encuentren en condiciones realmente bajas.

Dicho informe realiza un análisis previo sobre la estructura empresarial existente en el transporte por carretera en España, así como su preponderancia como medio de transporte preferente para el transporte de mercancías, con una cuota de mercado de casi el 95%, hecho ante el cual reconoce que ha tenido ocasión de pronunciarse sobre el sector en diferentes situaciones. Además, cita el reciente informe en el que se cuestionan el requisito de antigüedad máxima de los vehículos de transporte que se exige para poder obtener una autorización de transporte, debido a que no se ajusta a los principios de necesidad y proporcionalidad.

Concluyen su informe animando a las Administraciones Públicas a fomentar el impulso del crecimiento de la competitividad por medio de regulaciones que favorezcan tanto la competencia como la eficiencia de los mercados, de modo que se estaría “evitando que determinadas disposiciones regulatorias puedan introducir distorsiones injustificadas que alteren el juego competitivo en perjuicio de los consumidores.

En cuanto a las normativas existentes en otros países relativas a la prohibición de la contratación por debajo de los costes estipulados, la CNMC ha declarado que “se trata de normativa de otro Estado miembro, que no forma parte de nuestro ordenamiento jurídico y, por tanto no es de aplicación a los transportes en España”.



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