Calcular el IVA en las importaciones y las exportaciones

Todos los negocios, sin excepciones, están obligados declarar y facturar el IVA (Impuesto por el Valor Añadido) que surge a raíz de realizar operaciones comerciales como compras o ventas, y, por tanto, también tendrá un papel fundamental para las importaciones y exportaciones de mercancía. En el artículo de hoy te enseñamos a calcular el IVA en importaciones y exportaciones, así como en operaciones intracomunitarias para que no cometas ni un solo error en tus negocios internacionales.

Y es que, aunque pueda parecer un aspecto que tenemos bien interiorizado, no siempre sabemos perfectamente cómo se calcula el IVA y siempre surgen multitud de preguntas provenientes de las empresas en lo relativo a los trámites del pago del IVA.

calcular iva en importaciones y exportaciones. Calculadora IVA

En la mayoría de operaciones el valor aplicado es el 21%, el cual se puede reducir hasta un 10% para determinadas operaciones e incluso llegar hasta un 4% para ciertos productos, - lo que se conoce como IVA súper-reducido -.

¿Qué tipos de IVA hay?

En primer lugar, antes de aprender a calcular el IVA en las distintas operaciones comerciales, tenemos que conocer los tres tipos de IVA con los que puedes tropezarte a la hora de adquirir un producto o servicio:

IVA 21%

El 21% es el tipo de IVA más común y es el que suele pagarse por la mayoría de productos y servicios, entre ellos ropa, bricolaje, tabaco, hostelería, electrodomésticos, etc.

IVA 10%

Un escalón por debajo, estaría el 10% o IVA reducido, que es el importe añadido al precio que pagamos por productos que se acercan más a las necesidades básicas de cualquier persona, por ejemplo el suministro de agua, productos de higiene femenina, preservativos, gafas graduadas, etc.

IVA 4%

Y, por último, tenemos el IVA del 4% o súper-reducido que se ajusta a los productos de primera necesidad como, por ejemplo, leche, pan, arroz, etc

Antes de comenzar con el IVA en las importaciones y exportaciones, hay que resaltar que todas estas operaciones (importación y exportación) siempre deben ir acompañadas de un soporte en papel que se tiene que entregar a las autoridades aduaneras que corresponda. Este documento se conoce como DUA (Documento Único Administrativo) y sirve para declarar en aduanas las siguientes mercancías:

  • Mercancías comunitarias.
  • Mercancías no comunitarias.
  • Mercancías que provengan de Ceuta y Melilla y que vayan a importarse a la Península, Islas Canarias o Baleares.
  • Mercancías de cualquier origen que vayan a importarse o exportarse en Ceuta y Melilla.
  • Productos de pesca.
  • Otras circunstancias particulares que así se valoren según lo dispuesto en alguna normativa comunitaria.

Esto quiere decir que, a la hora de calcular IVA tenemos que distinguir en función de la clase de transacción que se esté realizando, de forma que se dividirá en importaciones, exportaciones, adquisiciones y entregas intracomunitarias, que a continuación te explicamos detalladamente.


Cálculo IVA en operaciones extra comunitarias (fuera de la UE)

En aquellas operaciones realizadas con origen o destino en algún país no perteneciente a la UE, debemos establecer diferencias entre las importaciones y las exportaciones.

Cálculo IVA en las importaciones

¿Cómo calcular el IVA en una importación?

Para saber cómo se calcula el IVA el primer paso será conocer a la perfección el concepto de importación de mercancías. En España, se considerarán importaciones cualquier entrada en el interior del país de un bien que proceda de un país tercero, es decir, internacionalmente, sin contar los Estados que pertenecen a la UE, o a Canarias, Ceuta o Melilla.

Además, según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley se establece que, "estarán sujetas al impuesto aquellas importaciones de bienes, cualquiera que sea el fin a que se destinen y la condición del importador."

Una vez tenemos claro cuándo tenemos que pagar y por qué, podemos empezar a definir el momento en el que se tiene que pagar el IVA en cada caso.

En lo referido a la importación, el pago del IVA y el respectivo cálculo se realizará cuando se liquiden los derechos arancelarios. Con este fin, la Administración de aduanas remitirá el modelo 031, que servirá para sacar IVA de una cantidad y realizar la liquidación del IVA y la consiguiente carta de pago.

Como comentábamos arriba, el DUA también se necesitará con el objetivo de poder cumplir con las formalidades aduaneras requeridas. Esto es así, puesto que va a servir en el momento de deducir las cuotas de IVA soportado en la importación de algún bien, por lo que se hace necesario para poder llevar a cabo ese derecho y que dichas cuotas estén registradas según lo incluido en el Libro de Registro de Facturas Recibidas.

De esta manera, el hecho de no fallar a la hora de calcular IVA en una importación de mercancías, es vital para contar con una gerencia eficaz y segura en cuanto a los procedimientos que se necesitan cómo funcionan en el transporte de mercancía internacional en general

Asimismo, aquellas empresas que cuenten con una inscripción en el Registro de Exportadores y otros Operadores Económicos pueden solicitar la devolución de saldo que resulta de calcular el IVA a su favor en cada periodo de liquidación mensual. No obstante, en el caso de que la importación no se encuentre inscrita también lo puedes solicitar con la diferencia de que la solicitud general se llevará a cabo al final del año natural en curso y no cada mes. Si estos últimos también quieren que se les realice la devolución general en periodos mensuales, deberán presentar una declaración censal para inscribirse en el registro de devolución mensual. Para la correcta ejecución de estas devoluciones mensuales de IVA, un requisito indispensable será el de liquidar el IVA mensualmente, lo cual también nos da la posibilidad de suprimir el coste financiero que supone prorrogar las devoluciones de dicho impuesto sobre el valor añadido.

Para que lo puedas ver mucho más claro, exponemos a continuación todos los pasos para calcular IVA en una importación general de mercancías en España:

  1. Origen y clasificación de la mercancía: esta clasificación se hace gracias al código arancelario de los productos, los cuales se encuentran en el sistema TARIC. Usualmente, esta función la realiza el agente de aduanas que se encargará de indicar el código correspondiente a la carga, el cual será quien indique los aranceles y el importe de IVA que habrá que abonar en la aduana. Todo el proceso se lleva a cabo con base en los datos facilitados por el importador.
  2. Valor en aduana: una vez se ha identificado el origen de la mercancía debemos establecer el valor que tiene en aduanas, el cual hace referencia al valor de los productos usando el Incoterm CIF, es decir, el valor FOB sumado al precio del seguro y del flete. Cuando hayamos calculado ese valor se aplicará la proporción correspondiente al arancel aplicable y como resultado final nos dará la cantidad total que habrá que pagar por el arancel a la importación.
  3. Base del IVA: aquí tendremos que calcular la base imponible del IVA. Para ello, primero hay que sumar el valor en aduana más el arancel de importación, las tasas portuarias y las operaciones de descarga y/o manipulación.
  4. Porcentaje de IVA: por último, hay que multiplicar la base del IVA por el porcentaje de IVA que ha de pagarse (que normalmente será el 21% para productos generales, o el 10% en ciertos casos más especiales) y, para finalizar, obtendremos el precio con IVA final de importación, sin tener que aprovecharse demasiado de la calculadora.

Recuerda que los procedimientos aduaneros y las tasas de IVA pueden estar sujetos a cambios, por lo que es recomendable verificar la información más actualizada en la Agencia Tributaria de España o consultar con un profesional en comercio internacional para obtener asesoramiento específico para tu importación.


Calcular el IVA en una importación: Ejemplo.

Calculadora IVA

Para que lo puedas ver de manera clara y no tengas que echar mano de la calculadora IVA, te enseñamos a calcular el precio que tendrás que pagar por el IVA en una importación de manera muy sencilla.

Por ejemplo, supongamos que nuestra empresa está situada en España y hemos comprado materias primas desde Japón, por lo que tenemos que realizar una importación. Sabemos que tenemos los siguientes datos:

  • Flete: 3.500€
  • Seguro: 90€
  • Valor FOB: 17.500€
  • T-3 (Tasas portuarias): 65€
  • Descarga: 200€
  • Arancel: 3,7%
  • IVA: 21%

Teniendo esto en cuenta, realizaremos los siguientes cálculos:

Valor en aduana.

Valor en CIF = Valor FOB + Seguro + Flete = 17.500 + 90 + 3.500 = 21.090€

Arancel.

Valor en aduana x Arancel = 21.090 x 3,7% = 780,33€

Base del IVA.

Valor en aduana + Arancel + T-E + Descarga = 21.090 + 780,33 + 65 + 200 = 22.135,33€

Cálculo del IVA.

Base IVA x % IVA = 22.135,33 x 21 % = 464.841,93€

Por tanto, como resultado de sacar IVA de una cantidad al 21% obtenemos que tendremos que pagar una cantidad de 464.841,93€

Asimismo, cabe destacar que en el caso de encontrarnos con importes en una divisa extranjera debemos convertirlos a euros (EUR), en su caso. Esto se hace aplicando el cambio oficial proporcionado por la Aduana mensualmente. En lo referido al precio del seguro del transporte tenemos que prestar atención al orden de preferencia: en primer lugar, el que haya contratado el transitario, en caso de que exista, o, de lo contrario, lo tomaremos del importe resultante de la propia póliza particular del seguro con la que pueda contar el importador. En el caso de que no exista ninguno de los citados, debemos tener en cuenta el seguro a efectos de aduanas, para el que se calculará el 3 por 1000 del valor de la factura comercial.


IVA en las exportaciones

¿Llevan IVA las exportaciones?

A la hora de exportar, por el contrario, no se requiere el pago del IVA, es decir, las exportaciones a países terceros están exentas para las mercancías y servicios. Sin embargo, debemos señalar que existen dos tipos de exenciones en el precio del IVA:

Exenciones al IVA

Exenciones plenas

En el grupo de las exenciones plenas está incluida la exportación y las operaciones asimiladas. A través de esta disposición quedan exentas las ventas realizadas de cualquier clase y, también, va a dar la capacidad al empresario de deducir el IVA a la hora de realizar algún tipo de compra de productos y servicios. De igual forma, existe la posibilidad de devolución y el efecto final de la exención va a ser el mismo que si no existiese IVA.

Es importante tener en cuenta que las exenciones plenas del IVA pueden variar entre los diferentes países y que cada país puede tener sus propias reglas y regulaciones en cuanto a qué bienes y servicios están exentos del IVA. Además algunas exenciones plenas pueden estar sujetas a ciertas condiciones o restricciones, por lo que es importante verificar los requisitos específicos en cada caso.

Exenciones limitadas

Aquí están la mayoría de operaciones. Se trata de exenciones en el precio que se adjudicarán a la venta o el servicio que presta un empresario de manera que no se repercute el IVA al cliente. No obstante, el empresario será quien soporte el impuesto por la parte de sus proveedores en sus adquisiciones intracomunitarias.

Los sujetos pasivos no podrán deducirse el IVA soportado en sus adquisiciones de bienes y servicios a consecuencia de la exención limitada, en la circunstancia de que usen esos bienes y asistencias en la actividad exenta. Por tanto, el IVA soportado que se podrá deducir no será este.

Esto significa que, la exención limitada favorece al consumidor ya que el precio disminuye y perjudica al empresario que realiza la actividad.

Es importante tener en cuenta que las exenciones limitadas pueden variar dependiendo de la comunidad autónoma de España en la que se apliquen. Por lo tanto, es recomendable consultar con un asesor fiscal para obtener información detallada sobre la aplicación de las exenciones limitadas del IVA en España.


IVA intracoumunitario

Calcular IVA en operaciones intracomunitarias

En el ámbito de la Unión Europea, por ejemplo, existe algo llamado "Mercado Único" o "Mercado interior de la Unión Europea", el cual consiste en el establecimiento de un mercado común entre los estados que forman parte de la UE. De esta manera, mediante dicho mercado se han eliminado las fronteras fiscales que antes existían entre los países miembros de la Unión y ha desencadenado en un nuevo término para lo que antes eran exportaciones e importaciones entre los citados países, dando lugar a lo que ahora se entiende como entregas y adquisiciones intracomunitarias.

Para calcular el IVA en operaciones intracomunitarias, es necesario seguir los siguientes pasos:

  • Verificar si la operación está sujeta a IVA intracomunitario: Las operaciones intracomunitarias entre empresas o profesionales están sujetas a IVA si se cumplen ciertos requisitos, como que el comprador esté registrado en el registro de operadores intracomunitarios (ROI) y que la mercancía se transporte desde un país de la UE a otro.
  • Identificar el tipo impositivo: El tipo de IVA aplicable en una operación intracomunitaria dependerá de la naturaleza de la operación. Por ejemplo, si se trata de una entrega de bienes, se aplicará el tipo de IVA correspondiente al país de destino de los bienes.
  • Calcular el IVA: Una vez identificado el tipo impositivo, se debe calcular el IVA correspondiente multiplicando el valor de la operación (por ejemplo, el precio de venta) por el tipo de IVA aplicable.
  • Declarar el IVA: Es necesario declarar el IVA correspondiente a las operaciones intracomunitarias en las declaraciones fiscales correspondientes en cada país implicado en la operación.

Es importante tener en cuenta que existen ciertas excepciones y regímenes especiales para determinadas operaciones intracomunitarias, por lo que se recomienda consultar con un asesor fiscal o con la autoridad tributaria correspondiente para obtener información detallada sobre las obligaciones fiscales en este tipo de operaciones.


IVA en entregas intracomunitarias.

¿Cómo se calcula el IVA en las entregas intracomunitarias? Si el país en el cual nos encontramos es España, una entrega intracomunitaria sería una venta de cualquier producto o servicio realizada desde España y con destino a otro país miembro de la UE.

IVA en entregas intracomunitarias

Las entregas intracomunitarias están exentas de IVA, lo que significa que en las facturas comerciales que se hagan como resultado de esas ventas no se debe pagar este impuesto.

Para que una venta se considere como entrega intracomunitaria tiene que reunir los siguientes requisitos, según lo incluido en el Reglamento Europeo:

  • El producto o servicio que se venda debe expedirse con destino a otro estado perteneciente a la UE.
  • El destinatario de la mercancía debe tener un Número de Identificación Fiscal (NIF) de sujetos pasivos comunitarios en otro estado miembro.
  • Dichos sujetos pasivos deben llevar el libro de registro de las operaciones asimiladas a las entregas intracomunitarias.

Para calcular el IVA en las entregas intracomunitarias, debemos sumar el valor de la entrega más el porcentaje de IVA correspondiente y restar el IVA que ya se había pagado en la adquisición. Por ejemplo, si estamos haciendo una entrega intracomunitaria por un valor de 100 euros y el porcentaje de IVA es del 21%, y ya se había pagado un IVA del 10% en la adquisición, el cálculo sería el siguiente: (100 + (100 * 21%)) - (100 * 10%) = 109 euros.

Por tanto, el IVA entregas intracomunitarias es una normativa compleja y puede haber diferencias en los detalles y procedimientos específicos en cada país de la UE. Por lo tanto, es recomendable buscar asesoramiento profesional o consultar la legislación fiscal vigente en cada país involucrado para asegurarse de cumplir correctamente con las obligaciones fiscales y los requisitos establecidos.


IVA en adquisiciones intracomunitarias.

Estas cuentan con el mismo procedimiento que las anteriores, pero al revés, es decir, consiste en la compra de un producto o servicio que provenga de otro estado miembro de la UE.

Por tanto, ¿cómo calcular el IVA en las adquisiciones intracomunitarias? ¿Calculo IVA igual que en las importaciones? En cuanto a las adquisiciones si se debe abonar el IVA, aunque estén sujetas al régimen de auto liquidación. Mediante el régimen de auto liquidación el individuo que adquiera los bienes va a recibir la factura sin IVA, como comentábamos anteriormente, y luego procederá a liquidarse a sí mismo el impuesto sobre el valor añadido, de forma que se contabiliza el IVA soportado y el repercutido al mismo tiempo. Esta acción se llama inversión del sujeto pasivo, puesto que lo realiza el individuo que adquiere y recibe el producto o servicio.

Para calcular el IVA en las adquisiciones intracomunitarias, debemos restar el IVA que ya se había pagado en la entrega al porcentaje de IVA correspondiente. Por ejemplo, si estamos haciendo una adquisición intracomunitaria por un valor de 100 euros y el porcentaje de IVA es del 21%, y ya se había pagado un IVA del 10% en la entrega, el cálculo sería el siguiente: (100 * 21%) - (100 * 10%) = 11 euros.

No obstante, aunque se pase por el proceso de auto liquidación, el IVA debe declararse igualmente a través del Modelo 349 de Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias, en la que deben quedar reflejadas todas las operaciones que hayan tenido lugar con carácter intracomunitario y aquellos datos relativos a las partes intervinientes y el volumen e importes de las operaciones llevadas a cabo.

Cabe destacar que, para poder beneficiarse de las condiciones de tributación especiales en cuanto a este tributo, las empresas, autónomos o personalidades jurídicas deben estar obligatoriamente inscritas en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

¿Sabes ya cómo sacar IVA de una cantidad en las importaciones y calcular IVA en todas las operaciones comerciales exteriores? Ponte en contacto con nosotros si tienes alguna duda. ¡Estaremos encantad@s de resolvértelas!



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