Cuándo podrá presentarse la solicitud de ayudas al combustible para el transporte

En el paquete de ayudas aprobado el pasado mes de diciembre por el Gobierno a través de Real Decreto-Ley se contemplan una serie de medidas para el transporte por carretera como la bonificación a los combustibles para toda la categoría de vehículos de transporte, ya sean ligeros o pesados y sin importar el método de propulsión utilizado, de forma que puedan recibir ayudas vehículos tanto de diésel como de gas natural.

Cuándo se prodrá presentar la solicitud de ayudas al combustible

En este sentido, las ayudas al combustible se pueden obtener de dos maneras diferentes según el tipo de vehículo y la energía de propulsión que utilicen. Por tanto:

  • Los titulares de camiones y furgonetas con motor diésel de menos de 7,5 toneladas de MMA, o de cualquier otro tonelaje que sean propulsados por GNC, GNL o GLP tendrán que presentar una solicitud de ayuda ante la Agencia Tributaria a partir del 1 de abril, la cual se abonará en un único pago a partir del mes de mayo.
  • Los titulares de camiones y cabezas tractoras con motor diésel de 7,5 toneladas de MMA o más, así como autobuses diésel y taxis, tendrán que estar dados de alta previamente en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional de la Agencia Tributaria. El cobro de la ayuda se recibirá de forma mensual junto al importe correspondiente a la devolución del gasóleo profesional, por cada litro suministrado con tarjetas de carburante profesional o en depósitos de consumo propio autorizados para gasóleo profesional.

Por tanto, para recibir estas ayudas, los transportistas acogidos a gasóleo profesional tienen que presentar, a partir del 31 de enero una declaración responsable, en concordancia con el modelo que publicará la Agencia Tributaria, en la que el titular debe declarar que se ha visto afectado por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania, indicando además información sobre otras ayudas que haya recibido en aplicación del Marco Temporal Europeo por la guerra de Ucrania.

Asimismo, ante la confusión por la información presentada por algunas delegaciones territoriales de Hacienda para los transportistas en referencia a la fecha para la realización de estas declaraciones, no existe ninguna fecha límite para presentarlas. Se recomienda que se presenten durante los primeros 10 días de febrero a más tardar para poder recibir las primeras ayudas correspondientes al mes de enero y coincidiendo con el pago mensual de la devolución del gasóleo profesional, que se suele realizar a mediados de mes. No obstante, su presentación con posterioridad a esta fecha no supone una pérdida de las ayudas, tan solo se producirá un retraso en su cobro tal y como confirma la Agencia Tributaria.



Fuente: transporteprofesional.es

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