ERTEs prorrogadas hasta el 30 de junio por fuerza mayor

Este 13 de mayo se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 18/2020 en el que se recoge el acuerdo social firmado por el Gobierno, junto a empresarios y sindicatos que entra en vigor ese mismo día.

El Gobierno prorroga las ERTEs por fuerza mayor hasta el 30 de junio

Este Real Decreto-ley establece una prórroga para las condiciones de los ERTE hasta el 30 de junio por motivos de fuerza mayor, con el objetivo de apoyar a las empresas que aún no pueden volver a realizar su actividad normalmente. Por lo cual, tanto empresas como autónomos seguirán disfrutando de la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social. Para aquellas empresas que cuenten con 50 o más empleados, la exoneración se mantendrá en el 75% como se venía haciendo hasta el momento.

En este documento se contempla una nueva categoría de ERTE, denominada de fuerza mayor parcial, que será vigente hasta el 30 de junio. Esta categoría posibilitará la reincorporación por parte de las empresas de parte de su plantilla y la conservación de la otra parte con sus contratos suspendidos. Tanto para los empleados que vuelvan a la actividad como para los que se mantengan en las ERTEs se mantendrán las exoneraciones en las cotizaciones sociales.

Por otra parte, las empresas con menos de 50 empleados contarán con una exoneración del 85% en el mes de mayo y del 70% en el mes de junio para los empleados que vuelvan a reincorporarse a la actividad y para los que sigan en suspensión, corresponderá un porcentaje menor.

Para aquellas empresas de 50 o más empleados, la bonificación será del 60% en mayo y del 45% en junio para los empleados que se reincorporen. Para los que continúen en suspensión será del 45% en mayo y del 30% en junio.

La norma define en sus cláusulas que ninguna empresa que cuente con su domicilio fiscal en un paraíso fiscal podrá acogerse a esta prórroga de los ERTE por fuerza mayor. De igual modo, se prohíbe que las empresas que han disfrutado de las exoneraciones sociales puedan repartir dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación de los ERTE, a no ser que devuelvan la parte correspondiente a la bonificación recibida.

Además, se establece la creación de una Comisión de Seguimiento tripartita laboral del proceso de desescalada entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y los agentes sociales (CEOE, CEPYME, UGT y CCOO) con el fin de que exista un seguimiento de dichas medidas.



Fuente: www.transporteprofesional.es

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