Inversión del sujeto pasivo en el IVA

La inversión del sujeto del IVA se produce en el momento en que la condición de sujeto pasivo, es decir, la persona que cuenta con las obligaciones tributarias, en este caso pagar el IVA de las operaciones, recaen sobre el destinatario o cliente.

¿Qué es sujeto pasivo del IVA?

Sujetos pasivos son todas las personas, tanto físicas como jurídicas, que están obligadas a cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con una operación comercial. En un idioma un poco más coloquial, serán las personas que están obligadas a tributar el IVA una vez que han realizado una compraventa. Generalmente, este individuo será el que hace la factura el que tendrá la obligación de cumplir con estas responsabilidades fiscales.

inversion sujeto pasivo

Una vez tenemos claro este factor, la inversión del sujeto pasivo se producirá cuando en lugar de ser la persona que realiza la factura la que debe abonar el IVA, lo es el destinatario, según lo dictado en el artículo 84.2 de la Ley del IVA. Lo que significa que será el cliente el que tiene que auto liquidarse el IVA de la factura.

En resumen, para que la inversión del sujeto pasivo pueda darse el destinatario de la factura NUNCA puede ser un particular, sino que siempre contará con el carácter de personalidad jurídica actuando como profesional o empresario.

¿Cuándo se produce la inversión del sujeto pasivo del IVA?

La inversión del sujeto pasivo se produce en ciertas situaciones en las que las operaciones comerciales son especiales. En este sentido, se da cuando el cliente para el que se emite la factura no es una persona física, sino que se trata de un profesional o empresa.

No obstante, es una definición un poco ambigua que puede generar confusiones innecesarias, por lo que la Agencia Tributaria ha concertado con el tiempo cuáles son las actividades en las que puede darse la inversión del sujeto pasivo del IVA, las cuales exponemos a continuación:

  • Operaciones comerciales llevadas a cabo por profesionales o empresarios que no viven en el territorio donde se aplica el IVA.
  • Venta de oro sin elaborar o productos de oro semielaborados y oro de inversión.
  • Derechos de emisión de efecto invernadero.
  • Entregas en procesos concursales.
  • Entregas en las que se renuncie a la exención del IVA por parte del sujeto pasivo, según lo dispuesto en los apartados 20 y 22 del artículo 20.1.
  • Entregas inmobiliarias (en consecuencia de un proceso concursal).
  • Entregas de plata, platino y paladio, en bruto, en polvo o semielaborado.
  • Reventa de teléfonos móviles, videoconsolas, ordenadores portátiles y tabletas digitales.
  • Rehabilitación de un local de negocio.
  • Ejecuciones de obra con o sin aportación de materiales y cesiones de personal.
  • Materiales de recuperación (desechos industriales de materiales férricos y no férricos, desperdicios de papel, cartón o vidrio).

Cabe destacar que en 2015 tuvo lugar una reforma fiscal por la que se añadían nuevas sanciones para los profesionales o empresarios que no comuniquen a la Agencia Tributaria la situación por la que tienen que facturar aplicando la inversión del sujeto pasivo. Esta sanción puede suponer entre 300€ y 10.000€.

¿Cómo se factura la inversión del sujeto pasivo del IVA?

Si alguna de tus actividades profesionales concuerda con los supuestos indicados en el apartado anterior, significará que te encuentras en situación de inversión del sujeto pasivo, por lo que significa que tendrás que emitir la factura con ciertas indicaciones especiales que exponemos a continuación:

Emisión de la factura sin IVA

En este caso, como hemos comentado, la factura debe ir sin IVA repercutido, puesto que será el cliente quien tendrá la obligación de declarar y satisfacer este impuesto.

Mención sobre existencia de inversión del sujeto pasivo

Además, en la factura debe ir estipulado con una mención obligatoria que indique la situación, normalmente dirá lo siguiente: “Inversión del sujeto pasivo”. También tiene que incluirse el artículo que determina esta condición que en este caso es el 84.2 de la Ley 37/1992 del IVA.

Total de la factura = Base imponible

Al no existir IVA repercutido en la factura, el total de la factura será el mismo importe que la Base imponible de la misma. De este modo, el importe que el cliente te va a abonar no incluirá el IVA en el precio, ya que será él quien tenga que declararlo a Hacienda.

Sin embargo, es muy importante destacar que no tener que repercutir el IVA en tu factura, no quiere decir que no tengas que reflejar los importes de tus ventas en el modelo 303 del IVA (casilla 61), así como en el resumen anual (modelo 390), en los apartados informativos asignados a las operaciones con inversión del sujeto pasivo.

El único requisito que hay para que pueda realizarse la inversión del sujeto pasivo en el IVA es que el destinatario sea un profesional o empresa. Poniendo en la factura la mención correspondiente: "Inversión del sujeto pasivo."


Infracciones en la inversión del sujeto pasivo del IVA

Existen situaciones en las que se produce una infracción al no haber comunicado si resultaba aplicable o no la inversión del sujeto pasivo respecto a una o varias operaciones comerciales. En este sentido, Hacienda tiene la posibilidad de determinar que el destinatario se convierta en responsable solidario de la deuda que se derivará de una indebida declaración de las operaciones y del perjuicio económico que estas le hayan ocasionado.


En resumen, la inversión del sujeto pasivo del IVA es un mecanismo fiscal utilizado para prevenir el fraude y mejorar la recaudación del impuesto. Al trasladar la responsabilidad de declarar y pagar el IVA al destinatario de los bienes o servicios en ciertas transacciones, se fortalece el cumplimiento fiscal y se simplifican los procesos administrativos para el proveedor. Sin embargo, es crucial que las empresas cumplan con las regulaciones fiscales aplicables y se mantengan actualizadas sobre cualquier cambio en la legislación.

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