Países Bajos registra a los transportistas que entren al país

A partir del próximo 1 de marzo, todas las empresas de transporte que realicen su actividad de manera temporal como proveedores de servicios en los Países Bajos tendrán que registrar a sus empleados en un sistema digital obligatoriamente. Este sistema ha sido establecido por el ministerio de Asuntos Sociales y Trabajo de Holanda y no solo afecta a los transportistas que trabajan con empresas de transporte, sino también a los que lo hacen por cuenta propia, es decir, los autónomos.

Países Bajos obliga a registrar a los transportistas a la entrada al país

Esta disposición está directamente relacionada con la Ley sobre los trabajadores desplazados de la Unión Europea que se puso en marcha el pasado 18 de junio de 2016 y que dictaba el derecho de los trabajadores de contar con unas condiciones de empleo establecidas en dicho país, en lo referido al salario mínimo, tiempos de descanso, trabajo seguro, etc.

El procedimiento se tiene que realizar en la situación de que se transporten mercancías entre dos puntos de los Países Bajos (cabotaje), o en el caso de que se cargue o descargue en los Países Bajos como procedimiento de un transporte internacional y es totalmente obligatorio llevar a cabo la notificación de ese trabajo antes de que se realice.

Para el sector del transporte de mercancías por carretera puede llevarse a cabo una notificación anual para las empresas que realicen su actividad en el ámbito internacional, autónomos del sector del transporte de mercancías por carretera o en el caso de que se produzcan servicios en nombre de un cliente o empresa de los Países Bajos.

Dichas notificaciones podrán realizarse a partir del 10 de febrero en la web holandesa, pero no se tienen que llevar a cabo obligatoriamente hasta el 1 de marzo, como comentábamos al principio del post.

Una vez pase el 1 de marzo y en caso de no realizar el registro correspondiente de los transportistas, o se cumplimenten tarde o con errores, las autoridades podrán sancionar con una multa de hasta 12.000 euros tanto a proveedores de servicios (empresas) como a sus clientes.

Los datos que tienen que comprobarse son:

  • Información de la empresa
  • Datos del cliente
  • Industria en la que opera
  • Dirección del lugar de trabajo
  • Duración estimada de la actividad
  • Identidad del responsable del pago de los salarios
  • Identidad de los empleados potenciales
  • Certificación del pago de las contribuciones

Los empleadores deben tener un contacto en Países Bajos para que sea el que mantenga el contacto con las autoridades del país en caso de que acontezca alguna inspección. Esto no ocurre en el caso de los transportistas autónomos.

Un contacto solo puede ser una persona física y tiene que estar autorizada para enviar y recibir documentos sobre la notificación. Los datos ingresados serán recibidos por la Inspección de Asuntos Sociales y Empleo (SZW), el Sociale Verzekeringsbank (SVB) y la administración holandesa de impuestos de Aduanas.

Excepciones en el registro de transportistas en Países Bajos.

Para el transporte, existen algunas excepciones en función de la clasificación que tengan. Por tanto, no es obligatorio realizar la notificación para los que estén dentro de los siguientes supuestos:

  • Transporte ferroviario de pasajeros (excepto metro y tranvía)
  • Transporte ferroviario de mercancías
  • Transporte de pasajeros por carretera
  • Transporte de mercancías por carretera, siempre que el trabajo consista sólo en transportar mercancías a través de los Países Bajos, pero sin realizar cargas o descargas allí
  • Transporte de agua
  • Transporte aéreo
  • Actividades postales y de mensajería

¿Cómo se realizan las notificaciones para el registro en Países Bajos?

El empleador tiene que acceder al portal online a través de su correo y contraseña. Cuando se haya llevado a cabo la notificación, el destinatario del servicio la recibirá en Países Bajos, que tendrá que verificar los datos. Si hay errores, se informará al empleador mediante correo electrónico y se corregirá la notificación para volverla a enviar.

La CETM dice que la entrada en vigor de este trámite supone “otra carga administrativa más para las empresas del sector del transporte de mercancías y, lo más probable es que la medida perturbe sus operaciones sobre todo al inicio, cuando las empresas tendrán que adecuarse al sistema y surjan los primeros inconvenientes. Además, será imprescindible que designen una persona de contacto".

Además, “este hecho constata una vez más que, a pesar de los esfuerzos que se están llevando a cabo por armonizar el transporte de mercancías con la aprobación del Paquete de Movilidad, el escenario sigue siendo enrevesado para las empresas cuando algunos países, como ocurrirá con Países Bajos, optan por seguir su particular sistema, que no se corresponde con la búsqueda del equilibrio que se pretende llevar a cabo a través de ese paquete de medidas. Estos procesos ya se llevan a cabo en países como Francia, donde la Ley Macron obliga a las empresas a contar con un representante legal y cumplimentar un formulario a través del SIPSI para cada empleado que realice operaciones de cabotaje o transporte con origen o destino Francia".


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Fuente: transporteprofesional.es

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