ERTES y ayudas en el transporte prorrogados hasta Septiembre

A raíz de la situación de emergencia sanitaria el Gobierno ha establecido ciertas medidas laborales para tratar de minimizar el impacto económico provocado por la pandemia y evitar cuanto sea posible el cierre y/o reducción de algunas actividades económicas, entre las que se encuentra el transporte de mercancías por carretera.

Prorrogan los ERTEs en el transporte hasta septiembre

Con este objetivo se establecieron en su momento los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs), a los que se han acogido aproximadamente unos 74.500 trabajadores del sector del transporte. En la actualidad, se encuentran aún en los ERTEs unos 65.300 trabajadores asalariados.

En cuanto a los autónomos, el Gobierno estableció una prestación por cese de actividad extraordinario para paliar las pérdidas de las actividades empresariales y profesionales de los autónomos que más se han visto afectados por la crisis del coronavirus. Se han acogido a estas ayudas los autónomos que han tenido que reducir o suspender su actividad de forma sustancial. En total, se han visto beneficiados unos 74.800 autónomos del sector del transporte y la logística.

Estas ayudas tenían una vigencia prevista hasta el 30 de junio, pero debido a la situación económica en la que nos encontramos se han tenido que prorrogar, al menos, hasta el 30 de septiembre. Esta medida se empezará a llevar a cabo desde el 26 de junio, aunque se reducirá la intensidad de las ayudas.

En los ERTEs por fuerza mayor, la exención de las cotizaciones empresariales será del 70% en julio (hasta ahora eran del 100%), del 60% en agosto y del 35% en septiembre en el caso de empresas o autónomos con menos de 50 trabajadores.

En el caso de las empresas de más de 50 trabajadores, será del 50% en julio, del 40% en agosto y del 25% en septiembre.

Además, como novedad, en los ERTEs por causas técnicas, organizativas, económicas y de producción, las exoneraciones a las empresas serán las mismas que en los ERTEs por fuerza mayor.

Para los autónomos, a partir del próximo 1 de julio solo recibirán la prestación económica extraordinaria (que pasa a considerarse ordinaria) los que en su facturación en el tercer trimestre de este año sea, por lo menos, un 75% inferior a la del mismo trimestre del pasado 2019 y que sus rendimientos netos no sean superiores a 1.939 euros mensuales. Para los que no cumplan estos requisitos, se les exonerará su cuota a la Seguridad Social con un 100% en julio, un 50% en agosto y el 25% de la cuota en septiembre.



Fuente: www.transporteprofesional.es

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