La señal reflectante V-23 debe llevarse de forma obligatoria en los vehículos pesados de transporte

La señal reflectante V-23 es obligatoria para todos los vehículos pesados de transporte haciendo posible el correcto marcado del contorno del camión, de forma que se mejora la visualización del mismo. Esta señal reflectante es obligatoria para todos los vehículos de más de 7,5 toneladas de MMA, 6 metros de largo y 2,1 metros de ancho matriculados desde el 10 de julio de 2011, al igual que en los remolques y semirremolques que superen las 3,5 toneladas de MMA.

La señal reflectante V-23 debe llevarse de forma obligatoria en los vehículos pesados de transporte

Anteriormente, la instalación de la señal reflectante V-23 no era obligatoria en los vehículos que contaban con las medidas que hemos comentado pero que habían sido matriculados antes del 10 de julio de 2011. No obstante, el Real Decreto 1030/2022 del pasado 20 de diciembre ha modificado el Real Decreto 159/2021 del 16 de marzo en el que se contempla la regulación de los servicios de auxilio en las vías públicas, estableciendo nuevas obligaciones de señalización para los camiones que se dediquen al transporte de mercancía por carretera.

Asimismo, la normativa establece un nuevo plazo máximo para instalar esta señal V-23 en los vehículos en función de las características técnicas y de correcta colocación que se contemplan en el Anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta medida se puede aplicar a todos los camiones que se ajusten a las medidas comentadas, sin importar la fecha de su matriculación. Por tanto, todos los camiones deberán instalar esta señal reflectante V-23 antes del 22 de diciembre de 2024.

Por último, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha indicado que la señal V-23, que está catalogada como distintivo de vehículo con peso máximo superior a 7,5 toneladas y de más de 6 metros de largo y 2,1 metros de ancho, así como remolques, semirremolques de peso máximo superior a las 3,5 toneladas deberá estar presente en estos vehículos antes del 22 de diciembre de 2024, anulando así lo dispuesta en la Orden PRE/52/2010 que marcaba la fecha de inicio de la obligatoriedad.



Fuente: transportealdia.es

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