Términos marítimos portuarios: Guía completa

Los términos marítimos portuarios son una serie de términos y abreviaturas utilizados en el sector del transporte marítimo para describir las diferentes etapas del proceso de transporte, desde la llegada de las mercancías al puerto hasta su salida. Es importante comprender estos términos y siglas para poder realizar transacciones comerciales internacionales de manera efectiva.

Si te dedicas a la exportación, debes estar familiarizado con ciertos términos o siglas que se corresponden con este tipo de operaciones, más concretamente en el transporte marítimo. A pesar de parecer un aspecto que no tiene mucha importancia, todas las empresas dedicadas al transporte marítimo deben tener muy claros cada uno de estos términos.

Expresiones y terminologia del transporte maritimo

Debido a ello, en el post de hoy exponemos un listado de términos que te serán de mucha utilidad si te dedicas al transporte marítimo de mercancías.

Siglas de transporte marítimo que todo exportador debe conocer.

Las empresas que basan su actividad en el transporte marítimo están en continua comunicación con una serie de figuras pertenecientes a este sector, como pueden ser transitarios, proveedores o agentes de carga, con lo cuales se comunican a través de las siglas de las que hablamos. Las más destacadas en este sector son:

  • IMO 2020: International Maritime Organization.

    Bajo estas siglas se determina el límite de contenido de azufre dispuesto por la Organización Marítima Internacional (IMO), la cual establece que los buques deben consumir al menos el 0,5% de masa/masa desde el 3,5% actual durante este año 2019, o al menos, antes del próximo 2020.

  • DUA: Documento Único Administrativo.

    El DUA, es una de los términos más importantes para el transporte marítimo de mercancías, puesto que es el documento que se necesita para llevar a cabo las formalidades aduaneras. Este documento es la base que tendremos a la hora de presentar los documentos que se nos requieran.

  • ELD: Electronic Logging Device.

    Estas siglas, que traducidas al español significan ”Dispositivo de Registro Electrónico”, hacen referencia a la normativa aplicable al transporte terrestre en EEUU. A través de esta normativa se establece la obligación por parte de los transportistas de registrar vía electrónica el inicio de su actividad.

  • SOLAS: Safety of Lite at Sea.

    Este hace referencia al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida en el Mar” y está basado en las enmiendas que aprueba la IMO con el objetivo de mejorar los problemas existentes en la seguridad a la hora de realizar envíos marítimos. Además, también conforman aquellas declaraciones incorrectas respecto al peso de los contenedores.

  • VGM: Verified Gross Mass.

    Se usa para los contenedores marítimos para comprobar el peso bruto sobre los mismos. Los expedidores, por su parte, tienen la obligación de expresar el peso bruto que tiene su carga.

  • P2P: Port to Port.

    Literalmente significa ”puerto a puerto”, haciendo referencia a los transportes realizados desde el puerto de origen hasta el de destino, sin incluir en el mismo los servicios requeridos de transportes que sean anteriores o posteriores a la carga de la mercancía.

  • D2D: Door to Door.

    Este, sin embargo, se refiere a los transportes ”puerta a puerta”, es decir, aquellos contenedores cuyo transporte está comprendido desde el almacén del vendedor hasta el destino final de la mercancía en el código postal que haya indicado el cliente.

  • ETA: Estimated Time of Arrival.

    Este término se refiere al día en el que se estima que la carga va a llegar a su destino.

  • ETD: Estimated Time of Departure.

    Este término se refiere al día en el que se estima que el contenedor sale del puerto de origen.

  • LCL: Less than Container Load.

    Este es uno de los términos más conocidos en el transporte marítimo, más conocido como contenedor compartido o grupaje. Bajo este sistema se comparte el espacio de un mismo contenedor con otros expedidores para el transporte de sus cargas, abaratando los precios que supondría contratar un contenedor completo.

  • LTL: Less Than Truckload.

    Este es igual que el anterior, pero aplicado al transporte terrestre.

  • FCL: Full Container Load.

    Consiste en el envío de un contenedor completo, a diferencia de los dos términos anteriores en este sistema se utiliza todo el contenedor para el transporte de productos de un solo expedidor, sin compartir el espacio con cargas de otras personas o empresas.

  • POL: Port Of Loading.

    Hace referencia al puerto en el que el contenedor es cargado en el buque y, por consiguiente, se encuentra listo para comenzar el transporte.

  • POD: Port Of Discharge.

    En este caso, las siglas POD se refieren al puerto en el que se descarga el citado contenedor una vez ha llegado a su destino.

  • AMS/ACI.

    Hace referencia a toda la información de importancia que se tiene que presentar ante la Aduana dentro de los plazos estimados para la salida de la mercancía.

  • AMS.

    Es el coste que se ha de abonar por la transmisión electrónica obligatoria a la aduana americana.

  • B/L: Bill of Lading.

    El Bill of Lading o conocimiento de embarque es un documento legal que ha de ser firmado por o para el capitán, responsable o agente propietario de un buque o de la naviera en sí. Este documento va a constituir la prueba escrita de la existencia de un contrato de transporte marítimo y/o terrestre. Por tanto, es tanto un recibo de la mercancía, como un compromiso de entregar las mercancías en destino en el mismo estado en que fue recogida en origen.

  • Break Bulk.

    Son aquellas mercancías que deben ser cargadas de manera individual, es decir, que no van en contenedores ni a granel. Los barcos en los que se transporta son buques convencionales o de carga general y buques RO-RO.

  • CAD: Cash Against Documents.

    Hace referencia al modo de pago que será una carta de crédito simplificada, la cual no proporciona tanta seguridad como una carta de crédito.

  • CAM: Cargo Declaration Amendment Fee.

    Es una cuota que cubre los gastos de reenvío de la información que se requiera por las aduanas en consecuencia a una solicitud de modificación por parte del cliente, una vez que el transportista haya proporcionado la información a las autoridades aduaneras pertinentes.

  • CFS: Container Freight Station.

    Es el puno de carga o descarga de los contenedores.

  • C.O.D: Cash on Delibery.

    Contra reembolso.

  • CSC: Container Service Charge.

    Cargas por servicios a los contenedores.

  • Customs entry / clearance.

    Hace referencia a la declaración en aduanas, ya sea en la superficie de depósito de contenedores en terminal del puerto o en un depósito de contenedores y, por otra parte, a la tramitación aduanera.

  • CY: Container Yard.

    Es la zona en la que se entregan y se recepcionan los contenedores.

  • Demurrage.

    Son los derechos de puesto para contenedores.

  • Detention.

    Consiste en la tasa aplicable por retraso en la devolución de contenedores.

  • ETS: Estimated Time of Sailing.

    Es la hora estimada en la que el barco debe salir.

Como hemos podido observar, en el transporte marítimo existen multitud de términos que debemos tener muy en cuenta a la hora de utilizar este tipo de tránsito para nuestras mercancías, ya que son vitales para el manejo de los contenedores y la carga y descarga de mercancías.

Estos son solo algunos de los términos portuarios importantes que debes conocer como exportador. Familiarizarte con estos conceptos te ayudará a entender mejor el proceso de exportación y a comunicarte eficientemente con los diferentes actores involucrados en el transporte marítimo. Recuerda que siempre es recomendable consultar a expertos en logística y comercio internacional para obtener información más detallada y actualizada sobre los términos y procedimientos específicos en tu país.



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