Tras la nueva Resolución, publicada este martes 14 de abril y aprobada por el Ministerio de Transportes y que se ha publicado hoy 15 de abril, se modifica la anterior Orden aprobada el pasado 26 de marzo modificando de nuevo la flexibilización en los tiempos de conducción y descanso a camiones vigentes durante las últimas tres semanas.
En este sentido, la Dirección General de Transporte Terrestre ha elaborado una Resolución que se encuentra a la espera de su aprobación por parte de la Comisión Europea y a través de la que se indicarán nuevas excepciones que se harán vigentes a partir del 12 de abril.
Estas excepciones para las actividades de transporte de mercancías estarán vigentes desde el día 13 de abril hasta el 31 de mayo:
→ El transportista haga, como mínimo, 4 periodos de descanso semanales en dichas cuatro semanas consecutivas de los que, al menos dos, tienen que ser periodos de descanso semanales normales de, como mínimo, 45 horas.
→ No se exige compensación de los descansos semanales reducidos.
Fuente: transporteprofesional.es
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