Durante la crisis que estamos viviendo en España debido al COVID-19 (coronavirus) se han establecido varias medidas que, entre otros, afecta notablemente al sector del transporte que debe continuar con su actividad, a pesar de las circunstancias que acontecen.
En este sentido, existe una duda general en el sector sobre el vencimiento de los certificados de los vehículos (ITV, ADR, ATP, etc), ya que no pueden ser renovados durante estos días por estar cerradas la mayoría de estaciones de ITV y OCAS debido a la crisis del coronavirus.
Desde la CETM han realizado una consulta al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que confirma que los plazos quedan suspendidos y que, en consecuencia, los vehículos de transporte pueden circular con normalidad aunque tengan algún o algunos certificados caducados
Esta medida, por ahora es excepcional de aplicación en España, aunque se están haciendo esfuerzos para que se reconozca a nivel de la Unión Europea (UE). Por tanto, desde la CEMT recomiendan que los vehículos que no dispongan de algún certificado en vigor no salgan de España.
En concreto, la medida que dicta la suspensión de los plazos para las inspecciones y renovación de certificados es la disposición adicional 3º del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por la que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Lo que significa que durante el periodo que dure esta situación la obligación de pasar inspecciones técnicas prescritas en la reglamentación queda suspendida, de forma excepcional.
Fuente: www.cetm.es
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